SISTEMA
DE CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD EN VENEZUELA
En Venezuela el Control Constitucional
se introduce de una manera amplia desde el comienzo de nuestra vida
republicana, específicamente desde el año 1858, coexisten los sistemas de
control difuso y concentrado. El control difuso, está consagrado en nuestra
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), en el artículo
334, además en el Artículo 20 del Código de Procedimiento Civil vigente de 1987
y el Artículo 19 del Código Orgánico Procesal Penal prevén esta forma de
ejercicio del control constitucional, y solamente el único llamado aplicar el
control difuso es el Órgano Jurisdiccional, es decir faculta al juez ordinario
para desaplicar una norma jurídica contraria a la Constitución, los efectos de
la desaplicación, sólo son vinculantes para el caso concreto y no erga omnes.
El Segundo Control de la CRBV, es a
través del CONTROL CONCENTRADO. Estipulado en el artículo 335 eiusdem,
determina que la Sala Constitucional es el máximo y último intérprete, para
velar por su uniforme interpretación y aplicación para garantizar la supremacía
y efectividad de las normas, con carácter vinculante, respecto de las otras
Salas del Tribunal Supremo de Justicia y demás tribunales de la República
(jurisprudencia obligatoria). Como puede verse, la CRBV no duplica la
competencia interpretativa de la Constitución, sino que consagra dos clases de
interpretación constitucional, a saber, la interpretación individualizada que
se da en
la sentencia como norma individualizada (control difuso), y la interpretación
general o abstracta prescrita por el
artículo 335 (control concentrado), que es una verdadera jurisdatio, en la
medida en que declara, erga omnes y pro futuro (ex nunc ).
A manera de resumen final,
debemos expresar que la protección de la Constitución y la jurisdicción
constitucional, exigen que solamente la interpretación de todo el ordenamiento
jurídico haya de hacerse conforme a la CRBV, constituyendo la principal
herramienta para equilibrar los poderes de allí la gran importancia de tener
claro cuál es el sistema adoptado en nuestro país.
Publicado por: Andreina Avila
Publicado por: Andreina Avila
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